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Aprobado en segundo debate ajuste de denominación en Proyecto de Acuerdo de la Secretaría de Educación

  • El Concejo de Medellín aprobó en segundo debate el Proyecto de Acuerdo 67 de 2025, que corrige un error técnico en una vigencia futura del Acuerdo 037 de 2025.
  • Los Corporados coincidieron en que se trata de un error de digitación sin impacto en el fondo del proyecto, garantizando transparencia y precisión administrativa.

 

En segundo debate, con 17 votos positivos y 1 negativo, fue aprobado el Proyecto de Acuerdo 67 de 2025 “Por medio del cual se corrige la identificación técnica de un proyecto para el cual se aprobó una vigencia futura en el Acuerdo 037 de 2025”. 

 

El coordinador de ponentes, Santiago Perdomo, explicó que con esta iniciativa se busca corregir un error formal en la numeración y denominación de uno de los proyectos aprobados previamente en las vigencias futuras. 

 

Señaló que se trata de una modificación de forma y no de fondo, correspondiente a un proyecto de la Secretaría de Educación que debe pasar a denominarse “Formación de la educación media de los estudiantes oficiales en el ámbito de las TIC y la economía digital”, con el código 240066, ya que el anterior hacía referencia a un proyecto distinto.

 

Este ajuste tiene como propósito fortalecer la educación media en las instituciones oficiales del Distrito, promoviendo la formación de los estudiantes en herramientas tecnológicas, de información y comunicación, con un enfoque en el desarrollo de competencias relacionadas con la economía digital.

 

Por su parte, el corporado José Luis Marín como vocero de bancada, advirtió que el Alcalde presentó ante la corporación unas vigencias futuras correspondientes a un proyecto que, según indicó, “no existe”. Señaló que el código 260066 no corresponde a ningún proyecto real, lo que genera una inconsistencia entre lo aprobado y lo ejecutado, y aunque el error podría considerarse de digitación, no debe pasarse por alto el objeto del proyecto.

 

Enfatizó que la Secretaría de Educación debe garantizar la prestación del servicio en competencias técnicas laborales, recordando que ese propósito constituye la base y justificación principal de las vigencias futuras aprobadas por el Concejo.

 

La secretaria de Educación, Carolina Franco, se pronunció al respecto explicando que, durante el proceso administrativo, se evidenció que el nombre aprobado en el acuerdo anterior corresponde a una actividad interna del proyecto de inversión y no al título oficial que debía registrarse.

 

La corrección se fundamenta en el Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo, particularmente en su artículo 45, que permite enmendar errores formale, como los de digitación, transcripción u omisión de palabras, sin que esto altere el sentido material de la decisión ni reactive los plazos legales.

 

De igual forma, el ajuste se sustenta en el Reglamento Interno del Concejo Distrital de Medellín, el cual establece que, si se detecta un error después de la publicación de un acuerdo, debe tramitarse un nuevo acuerdo distrital para revocar las disposiciones incorrectas y proceder con la corrección de los textos, garantizando así la legalidad y precisión en los actos administrativos.