Prestación de servicios como Gestión Comunitaria dentro de la Unidad de Apoyo del Concejal FABIO HUMBERTO RIVERA RIVERA.
Para la adquisición de los bienes y servicios que la Corporación Concejo de Medellín requiere para su adecuado funcionamiento puede celebrar los contratos con sujeción a la constitución y a la Ley 80 de 1993, 1150 de 2007, Ley 1474 de 2011 (12 de julio), Decreto 1082 de 2015 y Decreto 019 de 2012 (10 de enero), y las demás normas que rigen la contratación de las entidades públicas.
Prestación de servicios como Gestión Comunitaria dentro de la Unidad de Apoyo del Concejal FABIO HUMBERTO RIVERA RIVERA.
Prestar los servicios en Gestión Comunitaria dentro de la Unidad de Apoyo del Concejal Fabio Humberto Rivera Rivera.
EL CONTRATISTA de manera independiente, sin subordinación o dependencia, utilizando sus propios medios, prestará los servicios profesionales como apoyo a la gestión administrativa de la Presidencia y de la Mesa Directiva del Concejo de Medellín, el cual debe realizar de conformidad con las condiciones y cláusulas del presente documento.
El CONTRATISTA de manera independiente, sin subordinación o dependencia, utilizando sus propios medios, prestará los servicios asistenciales de apoyo a la gestión de la Vicepresidencia II del Concejo de Medellín, el cual debe realizar de conformidad con las condiciones y cláusulas del presente documento.
Prestación de servicios como apoyo a la gestión de la Comisión Segunda Permanente, el cual debe realizar de conformidad con las condiciones y cláusulas del presente documento.
Prestación de servicios en Gestión Comunitaria dentro de la Unidad de Apoyo del Concejal LUIS CARLOS HERNANDEZ CASTRO.







