El CONTRATISTA, de manera independiente, sin subordinación o dependencia, utilizando sus propios medios, prestará sus servicios de apoyo profesionales a la gestión, en la oficina de contratación del Concejo Distrital de Medellín.
Para la adquisición de los bienes y servicios que la Corporación Concejo de Medellín requiere para su adecuado funcionamiento puede celebrar los contratos con sujeción a la constitución y a la Ley 80 de 1993, 1150 de 2007, Ley 1474 de 2011 (12 de julio), Decreto 1082 de 2015 y Decreto 019 de 2012 (10 de enero), y las demás normas que rigen la contratación de las entidades públicas.
El CONTRATISTA, de manera independiente, sin subordinación o dependencia, utilizando sus propios medios, prestará sus servicios de apoyo profesionales a la gestión, en la oficina de contratación del Concejo Distrital de Medellín.
El CONTRATISTA, de manera independiente, sin subordinación o dependencia, utilizando sus propios medios, prestará los servicios como apoyo a la gestión a la Unidad de Comunicaciones y Relaciones Corporativas del Concejo de Medellín, el cual debe realizar de conformidad con las condiciones y cláusulas del presente documento.
El CONTRATISTA, de manera independiente, sin subordinación o dependencia, utilizando sus propios medios, prestará los servicios como apoyo a la gestión a la Unidad de Comunicaciones y Relaciones Corporativas del Concejo de Medellín, el cual debe realizar de conformidad con las condiciones y cláusulas del presente documento.
El CONTRATISTA, de manera independiente, sin subordinación o dependencia, utilizando sus propios medios, prestará los servicios de Apoyo a la gestión de Control Interno en el Concejo de Medellín, el cual debe realizar de conformidad con las condiciones y cláusulas del presente documento.
El CONTRATISTA, de manera independiente, sin subordinación o dependencia, utilizando los elementos de aseo (Canecas, traperos, escobas, jabón, champú, detergentes, ambientadores, aspiradoras y demás implementos requeridos para la limpieza de la Entidad) y los productos de cafetería que le sean suministrados por el contratante; prestará sus servicios de apoyo a la gestión en la Unidad de Servicios Generales del Concejo Distrital de Medellín.
El CONTRATISTA, de manera independiente, sin subordinación o dependencia, utilizando sus propios medios, prestará los servicios como apoyo a la gestión a la Unidad de Comunicaciones y Relaciones Corporativas del Concejo de Medellín, el cual debe realizar de conformidad con las condiciones y cláusulas del presente documento.
En cumplimiento de los principios de la contratación estatal, en especial el de transparencia, contemplado en el artículo 24 de la ley y 80 de 1.993 – Estatuto General de la Contratación de la Administración Pública; y para efectos de los procesos en curso, damos a conocer certificado de indisponibilidad de la plataforma transaccional SECOP II