EL CONTRATISTA de manera independiente, sin subordinación o dependencia, utilizando sus propios medios, prestará servicios profesionales y/o apoyo a la gestión de la Unidad de Comunicaciones del Concejo Distrital de Medellín.
Para la adquisición de los bienes y servicios que la Corporación Concejo de Medellín requiere para su adecuado funcionamiento puede celebrar los contratos con sujeción a la constitución y a la Ley 80 de 1993, 1150 de 2007, Ley 1474 de 2011 (12 de julio), Decreto 1082 de 2015 y Decreto 019 de 2012 (10 de enero), y las demás normas que rigen la contratación de las entidades públicas.
EL CONTRATISTA de manera independiente, sin subordinación o dependencia, utilizando sus propios medios, prestará servicios profesionales y/o apoyo a la gestión de la Unidad de Comunicaciones del Concejo Distrital de Medellín.
EL CONTRATISTA de manera independiente, sin subordinación o dependencia, utilizando sus propios medios, prestará servicios profesional de apoyo a la gestión, para actuar como secretaria de la Comisión Legal para la Equidad de las Mujeres y apoyar a la Comisión Segunda del Concejo Distrital de Medellín.
EL CONTRATISTA de manera independiente, sin subordinación o dependencia, utilizando sus propios medios, prestará servicios profesionales a la Subsecretaría de Despacho del Concejo Distrital de Medellín.
EL CONTRATISTA de manera independiente, sin subordinación o dependencia, utilizando sus propios medios, prestará servicios profesionales a la Subsecretaría de Despacho del Concejo Distrital de Medellín.
EL CONTRATISTA de manera independiente, sin subordinación o dependencia, utilizando sus propios medios, prestará servicios de apoyo a la gestión en la oficina de Relatoría en el Concejo Distrital de Medellín.
EL CONTRATISTA de manera independiente, sin subordinación o dependencia, utilizando sus propios medios, prestará servicios de apoyo a la gestión en la Unidad de Servicios generales del Concejo Distrital de Medellín. legales y reglamentarias.







