EL CONTRATISTA de manera independiente, sin subordinación o dependencia, utilizando sus propios medios, prestará servicios profesionales para el Sistema de Gestión de la Seguridad y Salud en el Trabajo-SG-SST en el Concejo Distrital de Medellín.
Para la adquisición de los bienes y servicios que la Corporación Concejo de Medellín requiere para su adecuado funcionamiento puede celebrar los contratos con sujeción a la constitución y a la Ley 80 de 1993, 1150 de 2007, Ley 1474 de 2011 (12 de julio), Decreto 1082 de 2015 y Decreto 019 de 2012 (10 de enero), y las demás normas que rigen la contratación de las entidades públicas.
EL CONTRATISTA de manera independiente, sin subordinación o dependencia, utilizando sus propios medios, prestará servicios profesionales para el Sistema de Gestión de la Seguridad y Salud en el Trabajo-SG-SST en el Concejo Distrital de Medellín.
EL CONTRATISTA de manera independiente, sin subordinación o dependencia, utilizando sus propios medios, prestará servicios profesionales y de apoyo a la gestión como abogada en la Comisión Primera Permanente del Concejo Distrital de Medellín.
EL CONTRATISTA de manera independiente, sin subordinación o dependencia, utilizando sus propios medios, prestará servicios profesionales en psicología en el Concejo Distrital de Medellín.
EL CONTRATISTA, de manera independiente sin subordinación o dependencia, utilizando sus propios medios prestará los servicios de apoyo a la gestión en la Comisión Tercera Permanente y en el proceso misional Debate Temático Público, el cual debe realizar de conformidad con las condiciones y cláusulas del presente documento.
EL CONTRATISTA, de manera independiente sin subordinación o dependencia, utilizando sus propios medios prestará servicios profesionales y/o apoyo a la gestión de la Unidad de Control Interno del Concejo Distrital de Medellín.
PRESTACION DE SERVICIOS PROFESIONALES Y DE APOYO A LA GESTION PARA LAS UNIDADES DE APOYO DE LOS CONCEJALES DEL DISTRITO MEDELLIN EN EL MARCO DE SUS FUNCIONES CONSTITUCIONALES LEGALES Y REGLAMENTARIAS







